El Arquitecto de Estudio TREO lee una carpeta de normativa de pie junto a los estantes de la oficina, con planos enrollados y maquetas

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan sobre el permiso de obra en CABA

Las consultas que más nos llegan. Si la tuya no está acá, escribinos por WhatsApp con lo que querés hacer, los metros y la dirección, y te la contestamos.

¿Qué permiso me corresponde?

Voy a ampliar 40 m². ¿Necesito permiso de obra?

Sí: entra en Micro Obra, que permite obra nueva y ampliaciones de hasta 50 m², con estructura incluida. Ojo con un detalle: si la obra ya tiene un permiso vigente, la superficie de la ampliación se suma a la registrada para definir la categoría, y puede dejar de ser Micro.

Tengo 300 m² pero con un subsuelo de 5 metros. ¿Es Obra Menor?

No. La Obra Menor llega hasta 1.000 m², pero también hasta 4 m de subsuelo. Cada parámetro funciona como un techo independiente, así que con 5 m de subsuelo la obra se encuadra como Obra Media, aunque la superficie esté muy por debajo.

Sólo quiero pintar la fachada y cambiar los pisos. ¿Necesito algo?

Va por Aviso de Obra. El artículo 2.1.1 incluye pintar o reparar fachadas cuando hacen falta vallas o andamios, y reemplazar en interiores contrapisos, solados, revoques y cielorrasos. No es un permiso, pero sí un trámite: se presenta por TAD y se empieza con el certificado.

Quiero tirar un tabique para unir dos ambientes.

Depende de si es portante. Si no lo es y no cambian las condiciones de habitabilidad de los locales, entra en Aviso de Obra. Si es portante, ya es estructura y va como mínimo por Micro Obra.

¿Cuándo cuenta la altura del edificio?

En las obras nuevas. La Obra Menor admite un plano límite de hasta 15 m sobre la cota de parcela y la Media, de hasta 45 m. Un edificio nuevo de 700 m² con 18 m de altura ya no es Obra Menor.

El trámite

Registré el proyecto. ¿Puedo empezar la obra?

No. El artículo 2.1.3 lo dice textual: el Registro en Etapa Proyecto constata el cumplimiento de la normativa, «no resultando apto, por sí mismo, para iniciar la obra». Después viene el Permiso de Ejecución y, con él, el alta y la declaración de inicio ante la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.

El inmueble está catalogado. ¿Cambia algo?

Cambia el orden. Antes del registro va la Consulta Obligatoria ante la DGIUR, que hace un Informe técnico y emite una disposición de factibilidad, y ese acto tiene que estar vigente al caratular. Si el inmueble sólo es lindero a uno protegido, la Ciudad le da intervención a la DGIUR dentro del trámite.

¿Necesito la firma de todos los vecinos?

En propiedad horizontal, cuando corresponde, hace falta la conformidad de los copropietarios certificada ante escribano, indicando que corresponde al 100 % o a las mayorías del Código Civil y Comercial. Conviene arrancar por ahí: suele ser lo que más tarda.

Voy a construir en un terreno con una casa vieja. ¿Puedo demoler y listo?

No: la demolición tiene su propio permiso, del artículo 2.1.2, y en obra nueva se presenta con el permiso de ejecución. La alternativa es acreditar que el terreno estaba baldío al comprarlo, con la escritura, un acta de escribano o fotos certificadas.

¿Cuánto tiempo tengo para contestar las observaciones?

Siete días corridos para las administrativas y cuarenta y cinco días hábiles para las técnicas, según el reglamento de trámites de obras civiles. Si se vencen, el expediente se archiva.

¿Cuánto dura el permiso?

Hay un año para iniciar la obra y, para terminarla, dos años en Micro Obra, tres en Menor, cuatro en Media y seis en Mayor. Se puede ampliar hasta dos veces, pidiéndolo 60 días antes del vencimiento.

Costos y alcance

¿Cuánto cuesta?

Desde $480.000. El valor final depende de la categoría, porque una Micro Obra de 40 m² y una Obra Mayor no llevan el mismo trabajo. Hacemos el encuadre y recién ahí te pasamos el presupuesto cerrado.

¿Ese precio incluye lo que cobra la Ciudad?

No. El Derecho de Construcción Sustentable y, si el proyecto usa capacidad constructiva adicional, el Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable se pagan a la Ciudad y dependen de la superficie, la zona y el uso. Lo mismo el Informe de dominio, el Certificado de Aptitud Ambiental y el visado del Consejo. Los calculamos con el presupuesto.

¿Qué pasa si se vence el permiso sin terminar?

Si vencen el registro y el permiso, se pierde el Derecho de Construcción Sustentable pagado. Por eso conviene pedir la ampliación de vigencia a tiempo.

La obra ya está hecha sin permiso. ¿Qué hago?

Va por otra vía: la regularización de obras en contravención, del artículo 2.1.14. Primero se intenta retrotraer la obra a lo registrado; si no se puede, se regulariza con planos de lo construido y recargos sobre los derechos. Lo que contraviene los parámetros urbanísticos no se puede regularizar. Contanos el caso antes de encargar un proyecto.

¿Ustedes también hacen la dirección de obra?

Sí, y alguien tiene que tenerla: el Código pide como mínimo un profesional para el proyecto y otro para la ejecución, que en Micro, Menor y Media pueden ser la misma persona. Podemos tomar el proyecto y el trámite, la dirección o las dos cosas. Lo definimos al principio.

¿Quién firma?

Profesionales matriculados que actúan dentro del alcance de su título y del rol que asumen: el proyectista, el calculista de la estructura y el Director de Obra. En Estudio TREO firman Arquitectos e Ingenieros, y cada uno responde por lo que firma.

¿Tu pregunta no estaba?

Escribinos por WhatsApp con lo que querés hacer, los metros, el subsuelo y la dirección. Te contesta un profesional del Estudio.